Calculadora de Plusvalías
¿Cuánto pagarás por tus ganancias en bolsa? Calcula el impuesto (IRPF, base del ahorro) sobre la venta de acciones y fondos, tramo a tramo.
Estimación con los tramos estatales de la base del ahorro (19 %-28 %). No incluye el tramo autonómico, compensaciones de pérdidas ni mínimos. No es asesoramiento fiscal - confirma con tu asesor o con la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Cómo tributan las plusvalías en España?
Las ganancias patrimoniales por vender acciones o fondos, y los dividendos, se integran en la base del ahorro del IRPF y tributan de forma progresiva por tramos: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 28 % por encima.
¿Cuáles son los tramos del ahorro en 2024?
Base del ahorro: 19 % (0-6.000 €), 21 % (6.000-50.000 €), 23 % (50.000-200.000 €), 27 % (200.000-300.000 €) y 28 % (más de 300.000 €). Cada tramo se aplica solo a la parte de la ganancia que cae dentro de él.
¿Las acciones y los fondos tributan igual?
Ambos tributan en la base del ahorro con los mismos tramos. La gran diferencia es que en los fondos de inversión puedes aplicar el traspaso: reinvertir de un fondo a otro sin tributar, difiriendo el impuesto hasta el reembolso final. En acciones no existe ese diferimiento.
¿Qué diferencia hay entre tipo marginal y efectivo?
El tipo marginal es el del tramo más alto que alcanza tu ganancia. El tipo efectivo es el impuesto total dividido entre la ganancia - siempre inferior al marginal, porque los primeros tramos tributan a tipos más bajos. Esta calculadora muestra ambos.
¿Cuándo declaro las plusvalías?
Las ganancias y pérdidas se declaran en la declaración de la renta (IRPF) del año en que se realizan. Las pérdidas pueden compensar ganancias del ahorro (y hasta un 25 % con rendimientos), lo que reduce el impuesto. Esta herramienta calcula solo la ganancia introducida.
¿Es asesoramiento fiscal?
No - es una estimación orientativa con los tramos estatales. El tramo autonómico puede variar y no incluye compensaciones ni mínimos. Confirma con tu asesor fiscal o con la Agencia Tributaria.